A PROPÓSITO DEL NUEVO RÉGIMEN LABORAL PARA JÓVENES / Adriano Vega.

A PROPÓSITO DEL NUEVO RÉGIMEN LABORAL PARA JÓVENES   Autor:Adriano Vega / Iustitia Legis / Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.

Adriano Vega Iustitia Legis

              Adriano Vega
              Iustitia Legis

El reciente Régimen aprobado en el Congreso de la República consiste en reducir los Derechos Laborales de los Trabajadores Jóvenes en comparación con el Régimen Laboral común de la actividad privada, lo único que se tiene en cuenta resulta siendo la garantía del Salario Mínimo, el Derecho a un descanso semanal y las vacaciones pagadas pero éstas constaran de sólo 15 días, la única motivación de mantener éstos derechos sería evitar una acción de inconstitucionalidad ya que los artículos 24 y 25 de nuestra constitución actual las contemplan, pero al parecer se habrían olvidado del artículo 26 de la misma, la cual contempla  Igualdad de oportunidades sin discriminación y el Carácter irrenunciable de los derechos reconocidos por la Constitución y la ley.

Hay que tener en cuenta que no habrá pago de las Gratificaciones en Julio y tampoco en Diciembre, no habrá Compensación por Tiempo de Servicio, mucho menos Participación en Utilidades, según un informe, esto representaría una reducción de aproximadamente el 40% de lo que se recibiría en el régimen laboral común.

Éste régimen se aplicará para los jóvenes que tienen entre 18 y 24 años de edad de la actividad privada, que no tienen empleo por tres meses o no hayan estado registrados antes en planillas de alguna Empresa, la duración de su Contrato será de un año pudiendo prorrogarse dicho por plazos mínimos de seis meses, hasta un máximo de tres años y si son despedidos de manera injustificada sólo tendrán derecho a una indemnización,

El Gobierno ha señalado entre sus argumentos que la tasa de desempleo de éstos jóvenes es cuatro veces la de adultos, debido a su poca o nula experiencia en el Mercado Laboral, señalando entre ellos a aquellos que no han culminado la Educación Secundaria, aquellos que si lo han hecho y los que tienen una Formación Universitaria o Técnica, siendo de ésta forma, hay que considerar la real situación en la que se encuentran los jóvenes en ese rango de edad, dada la coyuntura actual y las circunstancias de muchos de ellos que se tienen que enfrentar a un mundo laboral relativamente nuevo, teniendo en contra como ya se señala las diversas circunstancias en las que tienen que trabajar para mantener su hogar y que no son pocos sino en su mayoría representan jóvenes emprendedores que tienen que salir a buscar nuevas oportunidades y para los que termina siendo mucho más difícil el acceso a una Educación Superior de Calidad y tienen que aceptar trabajos mal pagados, en condiciones poco técnicas y adaptarse a ello por necesidad.

Este Proyecto de Ley termina siendo Demagógico, no ataca el real problema de lo que representa en realidad el Sistema, esto vas más allá de reducir los Costos Laborales o generar mayores puestos de trabajo a costa de sacrificar Derechos Laborales justos y merecidos para todos sin excepción, la famosa Flexibilización Laboral que tomó su punto fuerte con el Gobierno de Fujimori termina siendo un ingrediente más de éste gobierno que poco a poco se ha ido derechizando y estamos siendo gobernados por aquellos que perdieron las elecciones pero que siempre terminan con el Cetro en la mano.

Una contradicción tremenda como argumento del gobierno resulta ser las mejores condiciones que tendría un Trabajador Formal frente a uno informal pero si analizamos la situación real, ello es porque al trabajador formal se le reconoce los Derechos Laborales de los que se está privando con éste Régimen a los jóvenes de entre 18 y 24 años, la idea no es inadecuada, pero no se puede pretender formalizar a costa de conculcar derechos laborales, más parecer ser que se busca maximizar ganancias al precio que cueste.

Como señalábamos líneas arriba, con éste régimen las empresas podrán contratar mano de obra barata (“cholo barato”), porque según el informe, la diferencia termina siendo de un 40% en relación al régimen laboral común; ya tenemos como ejemplos la ley de Mypes y de Trabajadores Textiles que fueron dadas con el mismo fin de formalizar el empleo en esas áreas pero no que han conseguido alcanzarlo y la llamada permanencia luego se termina convirtiendo en permanente.

Desde un punto de vista objetivo no se puede decir que por más que se necesite formalizar el mercado laboral juvenil, se tengan que conculcar Derechos Laborales, mucho menos que se tenga que encubrir el verdadero espíritu de ésta norma que termina siendo la maximización de ganancias empresariales a costa de los jóvenes, bajo el argumento de la formalización y generación de nuevos puestos de trabajo.

      <a href=»https://juristasfraternitas.files.wordpress.com/2014/12/10292540_1522915121291930_310009364909098166_n.jpg»><img src=»https://juristasfraternitas.files.wordpress.com/2014/12/10292540_1522915121291930_310009364909098166_n.jpg» alt=»Adriano Vega Iustitia Legis » width=»529″ height=»353″ class=»size-full wp-image-199″ /></a> Adriano Vega<br />Iustitia Legis<br />

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